¿CÓMO SACAR MAYOR RENDIMIENTO A TU CULTURA JURÍDICA?

La revolución tecnológica no es ajena a la abogacía. Probablemente los jóvenes abogados no somos tan conscientes como los más veteranos de los cambios que ha supuesto la democratización del mundo digital en los últimos años. Cuando la mayoría de nosotros nos acercamos al mundo jurídico, el correo electrónico y las bases de datos ya formaban una parte importante del día a día de los profesionales del derecho. Pero la revolución ha ido más allá. La producción de conocimiento jurídico, antes reservada casi en exclusiva a los profesores y catedráticos de Universidad, quienes publicaban en revistas nicho de su área, también se ha democratizado a través de la aparición de los blogs de temática jurídica. Así, el propio presidente del AJA o quien suscribe tenemos nuestros propios espacios en los que publicamos artículos sobre distintos aspectos del mundo del derecho.

Es de formación profesional, léase «deformación», el hecho de preguntarnos el régimen de propiedad intelectual más adecuado para proteger los contenidos que publicamos. Sabemos que el aspecto moral de nuestro legítimo derecho de autor goza de una especial protección -ex. art. 14 del RDL 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual- pues se configura como irrenunciable e intransferible. De manera, que es la vertiente patrimonial de nuestro derecho de autor la que debemos adaptar a nuestros intereses.

Antes de optar por un régimen de propiedad intelectual concreto, es preciso detenernos a analizar la finalidad con la que publicamos en nuestro blog.

Nuestra intención va más allá del enriquecimiento económico (al menos en forma directa). Y es que, tal y como afirmaba el Abogado y Profesor Javier de la Cueva en la sesión sobre “Propiedad Intelectual en la era digital” en el marco del Máster en Comunicación, Cultura y Ciudadanía Digital, «…cuando nos encontramos en el ámbito del conocimiento, el sistema economicista de la propiedad intelectual se pierde…», al menos, como lo habíamos conocido hasta ahora.

En un entorno digital en el que todo el mundo puede convertirse en autor y expresar sus opiniones, nuestro interés principal como bloggers será alcanzar un buen posicionamiento en red y conseguir un alto número de feedbacks que sirvan para contrastar los contenidos que hemos puesto a disposición de la comunidad digital, para completarlos e incluso para discutirlos.

Una herramienta efectiva para ello será la configuración de los derechos sobre los contenidos que publicamos en nuestros blogs con un sistema de copyleft o de copyright flexible, con arreglo, por ejemplo, a las opciones de las licencias de creative commons y que preserve, en todo caso, el reconocimiento de nuestra autoría sobre el contenido original. Pues, en definitiva, el hecho de dotar a nuestras obras de la mayor accesibilidad posible y permitir su transformación nos servirá a la postre para conseguir más clientes y/o para lograr un mayor/algún prestigio entre los miembros de la comunidad jurídica.

Yolanda Hidalgo

yolanda-hidalgo 

yolanda@hidalgoyasociados.es

 Fundadora de Hidalgo&Asociados

Coordinadora de la Secretaría de Formación