Informe sobre el borrador del Anteproyecto de Ley sobre la Reforma Integral de los Registros

Iñaki Vergara Espín - Abogado ICASV

Iñaki Vergara Espín

El presente escrito, trata de abordar algunas de las cuestiones más llamativas que se contienen en el borrador de anteproyecto de Ley (en adelante, el borrador) que ha quedado recientemente suspendido. Fue anunciado por el Ministerio de Justicia el año pasado y pretendía la reforma integral de los Registros. Su aprobación hubiera supuesto una de las reformas más importantes de los últimos tiempos y con ella se hubieran reformado y modificado el sistema registral español y el organigrama del Ministerio. Con el mismo se pretendía lo que se ha denominado “privatizar los Registros Civiles”. Desde Justicia, han señalado que, en ningún caso, la reforma, conllevaría una privatización del Registro Civil. Sin embargo, aunque desde un punto de vista jurídico, realmente no llega a serlo, en la práctica lo es; y ello en atención a la naturaleza del Registro de la Propiedad. El anteproyecto, contemplaba la cesión por parte del Ministerio de la actividad del Registro Civil, Registro de Últimas Voluntades, Registro de Seguros de Fallecimiento, entre otros, a los registradores de la propiedad, todo en aras a mejorar el acceso, su publicidad… en definitiva su funcionamiento.

Tal y como es conocido por el lector, la naturaleza y principios que rigen un registro y otro son distintos, así como la naturaleza de los actos inscribibles. Así a grandes rasgos se ha de recordar que los actos inscribibles en el Registro Civil son aquellos relacionados con el ámbito personal de los ciudadanos (estado civil, capacidad de obrar, matrimonio, fecha nacimiento o defunción…), mientras que el Registro de la Propiedad recoge todas las vicisitudes jurídicas relativas a las fincas registrales (todo aquello que abre folio registral como inmuebles, terrenos…).

La principal novedad del borrador consistía en unificar los distintos Registros, y que su actividad y funcionamiento fueran asumidos por los registradores de la propiedad, algo incomprensible. A lo largo de la exposición de motivos tratan de justificar la reforma en la informatización y digitalización del Registro, sin embargo, ésta ya está prevista en la LRC 2011, por lo que resulta insuficiente argumento para la modificación del sistema registral. Desde el año 2000 se han gastado aproximadamente 180 Mm. de euros por informatizar los registros y digitalizar los asientos y libros desde 1957. Según Luis Segovia López, “…dicho dinero sería un regalo para los registradores”. http://www.diarioinformacion.com/opinion/2013/06/04/privatizacion-registros-civiles /1381 196.html).

Al respecto, Don José Manuel García Collantes, Presidente del Colegio de Notarios, recuerda que “…el borrador ha sido elaborado por registradores (pues esa es la condición del director General de los Registros y del Notariado, responsable de su redacción) y en él se justifica la reforma en motivos como la informatización de los registros que ya estaba contemplado en la Ley de 2011, aún por aplicar, que fue consensuada por todos los grupos políticos. Añade que el Registro Civil español, igual que otros como el de Últimas Voluntades, de Seguros y de Fundaciones, “funcionan muy bien”, son gratuitos e incluso generan beneficios para el Estado, por lo que no ve la necesidad de una reforma tan profunda como la que persigue la ley, que llega a afectar a principios tan consolidados como los que rigen la transmisión de la propiedad. (Desayuno de la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (ACIJUR) en LA LEY sobre la  Reforma Integral de los Registros).

En el proyecto se sostiene además, la necesidad de proceder a la unificación de los Registros en aras a mejorar el acceso de ciudadanos, así como para facilitar las labores del registrador.  Dicho argumento, podría ser cierto pero, conllevaría que en un solo Registro se acumularán millones de datos relativos a cada uno de los ciudadanos del Estado, lo que supondría crear nuevas medidas de seguridad para la protección de datos. Por ello, tendrían que constar dichos datos en un Registro controlado directamente por el Estado, precisamente por ser una información muy sensible de todos y cada uno de nosotros. Al respecto, parece mayoritaria la corriente que señala que, en vez de “privatizarse”, resultaría necesario: hacer públicos todos los Registros, que éstos dependieran directamente del Ministerio; suprimir los aranceles; que la gestión se llevará a través de funcionarios que velaran por los intereses de los ciudadanos, sometiendo su gestión al control de Jueces y Tribunales… También se aborda en el borrador, la cuestión de la “desjudicialización” del sistema. Cabe destacar que ésta no tiene sentido al encontrarse prevista en la LRC de 2011, que ya atribuye un aumento de competencia y funciones de los funcionarios públicos y secretarios judiciales, quienes deben contar, además, con un alto nivel de formación para superar un concurso público.

Sobre la cuestión de si los actos que se inscriben en el Registro Civil y que hoy son “gratuitos“, seguirían siéndolo o no en caso de unificarse los Registros, ya que a diferencia del Registro Civil el Registro de la Propiedad sigue un modelo de carácter voluntario (inscripción voluntaria, si se quiere protección es necesaria) y un “modelo arancelario”. Parece que desde el Ministerio de Justicia se ha informado que los actos inscribibles seguirían siendo “gratuitos”, aunque hay quienes sostienen que sólo lo serían las inscripciones de nacimiento y defunción,  el resto de actos tendrían costo económico. La publicación del borrador ha supuesto una gran oposición por parte de muchos sectores, así Jueces para la Democracia señalaba que “esta reforma perjudicará a la mayoría de la población y solo beneficiara a corporaciones que “han sido tratadas tradicionalmente de forma privilegiada” como registradores  y notarios”. (www.información.es “la privatización de los registros civiles”, autor Luis Segovia López 4 de junio 2013).

Según el periódico EL PAÍS que se hace eco de la suspensión del anteproyecto,  el subsecretario de Estado de Justicia, Juan Bravo afirmaba que “Si el Registro pasa a ser gestionado por otros funcionarios que no sean jueces, cosa que está por decidir, todos los trámites seguirán siendo gratuitos para el ciudadano, sin excepción.” Asimismo, sostiene que “El ministerio ya no asume aquel proyecto”. Parece que el Ministerio de Justicia no renuncia a la ley, pero va a empezar de cero y está por ver si el Registro Civil pasa a los registradores de la propiedad, a los notarios, a los secretarios judiciales o sigue en manos de los jueces. Y, en cualquier caso, recoge que, no se cobrara por ningún trámite. (Artículo publicado en el periódico EL PAÍS con el título “Gallardón renuncia a <<privatizar>> el Registro”. (ed. Digital, sección SOCIEDAD de 31 oct. 2013, autor VERA GUTIERREZ CALVO).

La unificación de los Registros, a día de hoy no parece tener justificación suficiente en la modernización de los mismos, ya que la propia Ley de 2011 prevé la informatización de los Registros y la digitalización de los datos en ellos contenidos. Según el propio García Collantes, “el sistema de conexión telemática ya existente entre Notarios y Registradores es magnífico,  reconocido así en todo el mundo, y no está justificada su reforma”. Entiende que “la información es poder” y que con la reforma prevista la información registral deja de ser gratuita y queda en manos del Registro facilitarla. Asimismo alerta que “… a partir de la reforma cualquier empleado del Registro podrá acceder en detalle a toda la información relativa a cada ciudadano, y que esa accesibilidad es “peligrosísima”. En particular, cree que la necesidad de inscribir el domicilio es un atentado a la intimidad de los ciudadanos. De hecho, unificar Registros cuyos principios (las inscripciones en el Registro de la Propiedad son voluntarias, en el Registro Civil obligatorias), sistema (mientras en el Registro de la Propiedad rige un sistema arancelario, en el Registro Civil y otros al depender del Ministerio de Justicia, a través de la DGRN, los actos son “gratuitos“), organización… son tan distintos y más desde el punto de vista de los actos inscribibles en uno y otro resulta complicado unificarlos. En todo caso, sería más acertado unificar todos los tipos de Registro en uno sólo del mismo tipo,  estableciéndose en la legislación que los regule el contenido del artículo 3 de la LRC 2011 (El Registro Civil será único para toda España, electrónico, los datos recogidos serán objeto de tratamiento automatizado, su “organización y funcionamiento es competencia del Ministerio de Justicia.”).

Resulta también difícil, sin una firme argumentación que de “privatizarse los Registros” optar por elegir el Registro de la Propiedad como encargado, el cual a ojos de todo ciudadano “es más caro” y no parece ser la mejor solución en la profunda crisis en el que está inmerso el Estado. Tampoco se ha de olvidar que unificar los Registros resultaría una magnífica idea, siempre y cuando, se incluyeran medios, procedimientos y unas garantías que en ningún supuesto perjudicaran a los ciudadanos. El próximo borrador que plantee el Ministerio debe superar el listón actual del sistema registral español que es muy alto y debe necesariamente partir del consenso de todas las partes (los registradores, jueces, funcionarios y principalmente con los ciudadanos) de lo contrario, se favorecería sólo a los registradores de la propiedad. Lo que parece una mala idea es que, en cualquier caso, se repercutiera en los ciudadanos la modificación del sistema registral, lo contrario no sería aceptable. Así y en definitiva, de toda la situación, y, aunque no se hayan pronunciado desde el Ministerio sobre cuáles son los motivos por los que se suspende el proyecto, parece que pueden haber provocado la paralización del mismo tanto la existencia de una fuerte oposición por parte de sectores y grupos influyentes, como Jueces para la Democracia, Sindicatos, Registradores, Funcionarios…como el fuerte desembolso que supondría la asunción por parte de los Registros de la Propiedad de las nuevas funciones, entre los que destaca la digitalización de los datos del Registro Civil a un nivel parejo al existente en el Registro de la Propiedad, que supondría un desembolso aproximado de unos 300 Mm. de euros (al parecer así lo señalan desde fuente próximas a Justicia y al Colegio de Registradores). Lo cual, en la situación de grave crisis en la que se encuentra sumida España, supone que dicho proyecto se antoje imposible de llevar a cabo en la práctica. Para Rodrigo Tena Arregui, parece claro que dichas cantidades “…pretenden recaudarlos de la gestión del Registro Civil cobrando a los usuarios por las inscripciones y su publicidad…”. (http://hayderecho.com/2012/12/10/privatizacion-del-registro-civil/).

En conclusión, aunque tan sólo se trate de un borrador de anteproyecto, resulta acertado suspender la tramitación de la Ley de Reforma Integral de los Registros, en tanto en cuanto la misma no despeje por completo todas las dudas que conllevaría la unificación de todos los Registros con el Registro de la Propiedad. Recordemos que además, dicha unificación supondría un distanciamiento de facto del control del Estado, lo cual podría, con el transcurso del tiempo, convertirse en una verdadera privatización de los datos contenidos en el Registro y que éstos no se controlaran directamente por los organismos públicos.

Iñaki Vergara Espín
Letrado ICASV
(Secretaría Jurídica del JAM)