Manifiesto por una educación jurídica de calidad

Jóvenes Abogados en Movimiento

El primer fundamento de la Justicia es no dañar a nadie – Marco Tulio Cicerón

 

Hace más de siete años se aprobaba la Ley 34/2006 sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador, teniendo como objetivo primordial garantizar a los ciudadanos un asesoramiento jurídico y representación técnica de calidad. Sin embargo, este a priori noble motivo, se está convirtiendo en un laberinto sin salida para centenares de compañeros (se estiman 700 afectados) que, una vez cursados parte de los requisitos técnicos de la Ley para acceder a la profesión, es la lentitud y desidia ministerial la que precisamente impide su incorporación al mercado laboral.

Desde Jóvenes Abogados en Movimiento consideramos que, de inicio, la Ley parte de un principio erróneo e intervencionista: la obligatoriedad de realización de un Máster de Acceso, cuyo coste abarca cifras en muchos casos inasumibles económicamente, conlleva una dificultad añadida para los estudiantes de Grado de Derecho, quiénes ya han sufrido la reciente subida de las tasas universitarias. Es decir, un Máster obligatorio como requisito indispensable para el acceso a una profesión supone un ataque a la libertad individual y a la libre elección dentro de un Estado Social y Democrático de Derecho.Continuar leyendo

El abogado ante la asistencia jurídica en comisaría

Fernando Eraus Saiz - Abogado miembro de JAM

Fernando Eraus Saiz

Del ejercicio del derecho de defensa, de la asistencia de abogado y del tratamiento de los detenidos y presos.

 

En numerosas ocasiones los jóvenes abogados cuando empezamos en la práctica jurídica, nos sorprende la multitud de preguntas prácticas que se nos ocurren respecto al procedimiento de una materia legal. En este caso hablaremos del procedimiento penal, centrándonos en la asistencia jurídica del detenido e imputado no detenido.

Brevemente, conforme al artículo 520.2 de la LeCrim, los derechos del detenido son: “toda persona detenida o presa será informada, de modo que le sea comprensible, y de forma inmediata, de los hechos que se le imputan y las razones motivadoras de su privación de libertad, así como de los derechos que le asisten y especialmente de los siguientes: Continuar leyendo

Criterio de caja en aplicación del IVA

El inicio del 2014 está viniendo marcado, entre otras reformas legislativas, por la entrada en vigor del nuevo criterio de caja en aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido. Al respecto de este particular, debemos reseñar que su regulación viene incluida en la Ley de Apoyo a los Emprendedores de 27 de septiembre de 2013, siendo más específicos, en su artículo 23, que modifica el artículo 163 de la Ley del IVA mediante la adición de varios apartados nuevos.

Tal como se infiere de la propia Exposición de Motivos de la precitada Ley, la principal razón de peso que ha motivado la definitiva aplicación de esta reforma obedece a la conveniencia de buscar nuevas alternativas para favorecer la liquidez de empresas y autónomos dada la difícil coyuntura de crisis. De manera añadida, y tal como el propio legislador expresa, la introducción de este nuevo criterio sigue la línea de lo previsto en la Directiva comunitaria 2006/112 de 28 de noviembre de 2006 en su artículo 167 bis.

Realizadas estas primeras consideraciones, procedemos a realizar una sintética exposición de los aspectos más novedosos de la reforma:Continuar leyendo

La democracia precisa de democracia: falacias de una democracia

Juan Gonzalo Ospina

Juan Gonzalo Ospina – Presidente de JAM

La Democracia es la esencia de garantía de bienestar en toda sociedad civilizada. La Democracia como sistema garantiza que nos gobiernan los mejores de entre los mejores, es decir, los mejor cualificados, los mejores comunicadores, los mejores analistas, los mejores para poder dirigir, ordenar y garantizar que sus conciudadanos puedan vivir en un espacio en el que ellos mismos son los últimos garantes del sistema, con el fin de preservar la Justicia y la Libertad.

Sin embargo, cuando se tiene la forma pero se falla en el fondo lo que debería de ser se convierte en una falsa realidad que termina en una mera ilusión. Las cúspides de poder abusan de ese poder que los ciudadanos hemos cedido, creyéndose dueños y señores de todo el sistema, pues en España estamos ante una falsa realidad, porque no existe una democracia real. ¿Cómo va a existir democracia en España si los partidos políticos, instrumentos de salud democrática de todo el país, no son democráticos?Continuar leyendo

La responsabilidad de los adjudicatarios de contratos administrativos frente a terceros. Tratamiento en el orden contencioso-administrativo

El problema de esta contratación radica en quién debe responder de los daños causados a un administrado como consecuencia de la utilización de un servicio público cuya prestación ha sido encomendado a una entidad privada ajena a la Administración”.

Es habitual que las Administraciones Públicas contraten a entidades privadas para la prestación de los servicios públicos mediante contratos administrativos. Pensemos a título de ejemplo, en contratos de obras públicas, de conservación y mantenimiento de carreteras, etc.Continuar leyendo

Sic Semper Iustitia

Juan Gonzalo Ospina

Juan Gonzalo Ospina – Presidente de JAM

Es vergonzoso -además de peligroso para nuestra salud democrática- observar el flagrante ataque que está sufriendo el Poder Judicial por parte del Poder Político en esta trágica etapa de nuestra endeble democracia. La explosión de la corrupción brota en todos los niveles.

Cuatro años de Facultad, más otros cuatro años estudiando los temidos temas de la oposición durante más de nueve horas al día. En total, ocho años estudiando, para que unos pocos aprueben y consigan su anhelada meta: formar parte del Poder Judicial. Este mérito y sacrificio brindado por algunos para que los demás podamos vivir en paz y Libertad, merece, per se, todo nuestro respeto.Continuar leyendo

Informe sobre el borrador del Anteproyecto de Ley sobre la Reforma Integral de los Registros

Iñaki Vergara Espín - Abogado ICASV

Iñaki Vergara Espín

El presente escrito, trata de abordar algunas de las cuestiones más llamativas que se contienen en el borrador de anteproyecto de Ley (en adelante, el borrador) que ha quedado recientemente suspendido. Fue anunciado por el Ministerio de Justicia el año pasado y pretendía la reforma integral de los Registros. Su aprobación hubiera supuesto una de las reformas más importantes de los últimos tiempos y con ella se hubieran reformado y modificado el sistema registral español y el organigrama del Ministerio. Con el mismo se pretendía lo que se ha denominado “privatizar los Registros Civiles”. Desde Justicia, han señalado que, en ningún caso, la reforma, conllevaría una privatización del Registro Civil.Continuar leyendo

La libertad es un lujo que ahora no todos pueden permitirse

Fernando Eraus Saiz - Abogado miembro de JAM

Fernando Eraus Saiz

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”.

La protección de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las libertades públicas constituyen un binomio inseparable, y ambos conceptos son requisitos básicos de la convivencia en una sociedad democrática. Así es como comenzaba la antigua Ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero, de protección de la seguridad ciudadana, conocida como Ley Corcuera, por su principal impulsor.Continuar leyendo

Informe Jurídico sobre el Anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana

Recientemente se ha tenido conocimiento mediante publicación de referencias del Consejo de Ministros de fecha 20 septiembre de 2013 que se suprimen las faltas del Código Penal:

”Con el objetivo de hacer efectivo el principio de intervención mínima del Derecho Penal y de reducir el número de asuntos menores que sobrecargan los Juzgados, se ha decidido suprimir las faltas. Se mantendrán las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves, denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa. El proceso que les corresponderá se desarrollará en la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que se está trabajando. Mientras tanto, transitoriamente, se resolverán en juicios de faltas.

El Código Penal incorpora un criterio de oportunidad para que las conductas que puedan ser consideradas delitos leves, pero no tengan gravedad suficiente para justificar la apertura de un proceso, ni exista interés público en su persecución, puedan ser archivadas a petición del fiscal.

Las faltas que no merecen reproche penal abandonan el Código Penal, aunque se seguirán persiguiendo administrativamente dentro de la Ley de Seguridad Ciudadana o por la vía civil”.

Asimismo, se ha tenido

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Libertad sin límites

Loreto Frutos - Abogada

Loreto Frutos

De nada sirve predicar románticos ideales constitucionales si no se garantiza su efectividad, permitiendo que se sobrepasen los límites que establece la propia Ley. Esto es lo que ha ocurrido el pasado 20 de Noviembre en la Universidad Complutense de Madrid, donde se consintió, un año más,  una manifestación no autorizada que desencadenó un trágico suceso.

Ningún 20-N transcurre sin altercados. Cada año, coincidiendo con el aniversario de la muerte de Franco y de Primo de Rivera, diversos grupos de ultra izquierda se reúnen y se manifiestan  -sin la preceptiva autorización­- contra lo que ellos llaman “el fascismo”, terminando su recorrido en la entrada de la Facultad de Derecho, con la intención de irrumpir en la misma por considerarla un resquicio del régimen franquista. Cada 20-N, durante el transcurso de esta concentración, las puertas del edificio se mantienen cerradas para impedir el paso a estos grupos de radicales, imposibilitando el acceso al mismo de cualquier persona.Continuar leyendo